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Situación actual de la fábrica La Ceramo de Valencia. Denuncias y noticias sobre su estado.

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Durante el mes de agosto ha habido mucho movimiento en Valencia con respecto a su Patrimonio Industrial, y por fin ha habido respuesta por parte de las entidades públicas por dos de los ejemplos más singulares y abandonados de la industrialización de Valencia, La Ceramo y Bombas Gens.

A continuación os transcribo noticias, denuncias y respuestas sobre el estado de La Ceramo. Han sido muchos los escritos y la pelea llevada a cabo por Cercle Obert para que pare el expolio de estas fábricas y se rehabiliten para un nuevo uso, útil para el entorno en el que se encuentra. Tras años de denuncias, el expediente está abierto desde el año 1997 por Cercle Obert de Benicalap, por fin el ayuntamiento ha respondido y actuado.

Más vale tarde que nunca, solo espero que de verdad se lleve a cabo esta sanción y el propietario se haga cargo de su bien, en vez de seguir dejándolo abandonado.

1 de agosto del 2013
Cercle Obert logra que el ayuntamiento de Valencia sancione al dueño de La Ceramo por permitir su abandono y expolio.


10 de agosto del 2013
Noticia aparecida en El Levante
Urbanismo insta al dueño de La Ceramo a conservar el edificio.
El Servicio de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Valencia ha pedido a los propietarios de la antigua fábrica de cerámica La Ceramo que cumplan con su deber de conservar y garantizar la seguridad de este edificio y proceda a la subsanación de las patologías señaladas por los técnicos municipales. Esta decisión se produce tras las denuncias realizadas por la asociación Cercle Obert de Benicalap, que se ha mostrado satisfecha por la resolución y confía en que finalmente el consistorio acabe haciéndose con la propiedad a través de una expropiación más razonable en el precio.

La Ceramo es una fábrica de cerámica fundada por José Ros Furió en el año 1885 y situada en el número 142 de la Avenida Burjassot. Pese a estar abandonada desde hace décadas, su alto valor patrimonial y la presión vecinal ha hecho que el ayuntamiento se proponga catalogarla como Bien de Relevancia Local.

Imagen de la noticia
El propietario de la fábrica ha intentado que el consistorio se la expropie y le de el uso que considere oportuno, seguramente equipamientos públicos para el barrio, pero no ha habido acuerdo en el precio. Los dueños pedían 3,5 millones de euros y el ayuntamiento no estaba dispuesto a darles más de 1,7, de manera que el asunto quedó en manos del Jurado Provincial de Expropiaciones.

Primer paso
Ahora, el ayuntamiento, a instancias de Cercle Obert de Benicalap, ha pedido a los propietarios que rehabiliten el edificio y lo mantengan en condiciones, una buena noticia para la citada entidad. Su portavoz, Antonio Marín Segovia, no cree que el propietario se gaste la gran cantidad de dinero que precisa el edificio, muy deteriorado en todos los interiores. Si se cumplen sus pronósticos, el ayuntamiento procedería a sancionar al propietario y en última instancia a forzar una expropiación, dice Marín Segovia. Sería, por supuesto, una expropiación a menor precio, precisa.

Cercle Obert recuerda que este espacio ya tienen un uso asignado que no es el de equipamiento público, sino un museo de cerámica -su condición original- anexo al Museo Nacional de Cerámica y de las Artes Suntuarias González Martí. Este museo tiene importantes fondos almacenados que podrían recalar allí si se rehabilitara.

Fábrica La Ceramo incluida en la Lista Roja de Hispania Nostra.

22 de agosto de 2013, denuncia de Cercle Obert y Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, sobre el derrumbe de parte del tejado de la Ceramo.
Texto y fotografías de Antonio Marin

Cae parte del tejado de la Ceramo de Benicalap, recayente a la Avd. de Burjassot (Valencia ciudad), al lado de la portada neomudéjar.


Cercle Obert de Benicalap y Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural denuncian el hundimiento de parte del tejado de la fábrica de mayólicas de la Ceramo, ubicado al lado de la portada neomudéjar que hay en la Avda. de Burjassot.


Una fábrica abandonada y en ruina por la falta de actuaciones tanto del legítimo propietario como de una administración pública que, a pesar de las muchas promesas (incumplidas) acerca de intervenir en breve sobre este bien, continua dejando hacer y demorando al máximo todas las peticiones y propuestas, presentadas por nuestras asociaciones, para que se tomen medidas urgentes y eficaces que eviten un mayor deterioro o cuando no la ruina y desaparición total de este elemento patrimonial tan importante.


El resultado de la incompetencia y de la falta de profesionalidad por más de 20 años es el que nuestro compañero Antonio Marín Segovia ha recogido esta misma tarde con su cámara. El inicio del fin para la Ceramo si nadie lo remedia.



Denuncia de Cercle Obert de fecha 23 de agosto de 2013, solicitud por escrito para que se tomen medidas urgentes en La Ceramo de Benicalap
Cercle Obert expone:

A tenor de lo establecido en la vigente Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, nuestra entidad CERCLE OBERT de Benicalap, tiene a bien denunciar el derrumbe de parte de la cubierta de teja, de la antigua fábrica “La Ceramo”, junto a la portada neo-mudéjar, recayente a la Avenida de Burjassot, número 142 de Valencia ciudad.

El citado conjunto industrial se encuentra protegido e inventariado como BRL, mereciendo ser rehabilitado con urgencia, dada la situación de visible abandono y degradación que sufre por parte de su legítimo propietario, que ha alimentado y potenciado su expolio durante estos últimos años, tal y como se puede comprobar a simple vista.

A fin de que el Ayuntamiento de Valencia, la Diputación Provincial de Valencia y la Dirección General de Cultura, activen los mecanismos oportunos para lograr la total y completa rehabilitación del citado conjunto industrial, único en el mundo, recordamos aquí los deberes y obligaciones que deben ser atendidos por la administración, en aras a vigilar, proteger, conservar y rehabilitar el legado patrimonial existente en la Comunidad Valenciana, sin olvidar la necesidad de la incoación de las preceptivas sanciones contra aquellos propietarios de bienes que no han procedido a conservar y mantener en su integridad sus propiedades, independientemente de que se encuentran catalogadas o no, pues en Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, en sus artículos 206 y 207, se establece que la administración tiene el deber y la obligación de exigir a cualquier propietario que “cumpla con su deber de mantener, conservar y garantizar la seguridad del edificio, requiriéndole para que subsane las deficiencias señaladas por los técnicos”

Ley 16/2005: Deber de conservación de inmuebles y ruina

Artículo 206 Deber de conservación y rehabilitación
Los propietarios de terrenos, construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservar o rehabilitar en ellos las condiciones imprescindibles de habitabilidad o uso efectivo que permitirían obtener la licencia administrativa de ocupación para el destino que les sea propio. Será exigible este deber aun cuando no hubiere normas específicamente aplicables sobre protección del medio ambiente, patrimonios arquitectónicos y arqueológicos o sobre rehabilitación urbana. Si las hubiere, se cumplirá con total respeto a las mismas.

Artículo 207 Inspección periódica de construcciones
1. Los propietarios de toda edificación catalogada o de antigüedad superior a 50 años deberán promover, al menos cada cinco años, una inspección, a cargo de facultativo competente, para supervisar su estado de conservación.

2. Dicho facultativo consignará los resultados de su inspección expidiendo un certificado que describa los desperfectos apreciados en el inmueble, sus posibles causas y las medidas prioritarias recomendables para asegurar su estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales o para mantener o rehabilitar sus dependencias en condiciones de habitabilidad o uso efectivo según el destino propio de ellas. Asimismo dejará constancia del grado de realización de las recomendaciones expresadas con motivo de la anterior inspección periódica. La eficacia del certificado exige remitir copia de él al Ayuntamiento y al Colegio Profesional correspondiente.

3. El Ayuntamiento podrá exigir de los propietarios la exhibición de los certificados actualizados de inspección periódica de construcciones y, si descubriera que éstas no se han efectuado, podrá realizarlas de oficio a costa de los obligados.

Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.

Igualmente es importante destacar, tal y como establece el artículo 5 de la vigente Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, que cualquier ciudadano o entidad, que “tuviera conocimiento del peligro de destrucción, deterioro o perturbación social en su función social de un bien del patrimonio cultural… deberá comunicarlo inmediatamente a la administración de la Generalitat o al Ayuntamiento correspondiente, quienes adoptarán sin dilación las medidas procedentes en cumplimiento de la presente Ley.

Lamentablemente, nuestra entidad y otras personas y colectivos cívicos de ámbito local y nacional, han avisado y denunciado por escrito a la Consellería de Educación, Cultura y Deportes, al Ministerio de Cultura, al Defensor del Pueblo, al Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, a las Cortes Valencianas, al Congreso de los Diputados y al Ayuntamiento de Valencia sobre el abandono y peligro que corre la Ceramo, Bombas Gens, alquería del Moro, alquería de Falcó, alquería de la Torre, los  Tinglados modernistas del Puerto de Valencia, yacimientos arqueológicos diversos, Museo de Bellas Artes San Pío V de Valencia, alquería del Moro, Colegio del Arte Mayor de la Seda, Estación ferroviaria del Grao de Valencia… en numerosas ocasiones, sin obtener respuestas eficientes, vulnerándose así lo establecido y preceptuado en la legislación vigente y potenciándose el expolio, saqueo, ruina y destrucción de nuestro legado patrimonial por parte de aquellas instituciones que deberían velar, con exquisito rigor y observancia de la Ley, por su conservación, rehabilitación y difusión, algo que consideramos muy grave y que comunicaremos en breve a los organismos judiciales.

Artículo 5 Colaboración de los particulares
1. Los propietarios y poseedores de bienes del patrimonio cultural valenciano deben custodiarlos y conservarlos adecuadamente a fin de asegurar el mantenimiento de sus valores culturales y evitar su pérdida, destrucción o deterioro.

2. Cualquiera que tuviera conocimiento del peligro de destrucción, deterioro o perturbación en su función social de un bien del patrimonio cultural, o de la consumación de tales hechos, deberá comunicarlo inmediatamente a la administración de la Generalitat o al Ayuntamiento correspondiente, quienes adoptarán sin dilación las medidas procedentes en cumplimiento de la presente Ley.

3. Todas las personas físicas y jurídicas están legitimadas para exigir el cumplimiento de esta Ley ante las administraciones públicas de la Comunidad Valenciana. La legitimación para el ejercicio de acciones ante los tribunales de justicia se regirá por la legislación del Estado.

4. La Generalitat Valenciana fomentará el marco de colaboración con asociaciones de voluntariado para la conservación y difusión del patrimonio cultural valenciano.

Artículo 18 Obligaciones de los titulares
1. Los propietarios y poseedores por cualquier título de bienes incluidos en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano están obligados a conservarlos y a mantener la integridad de su valor cultural.

Artículo 21 Expropiación
1. Constituirá causa de interés social para la expropiación por la Generalitat de los bienes incluidos en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano el peligro de destrucción o deterioro del bien, o el destino del mismo a un uso incompatible con sus valores. Podrán expropiarse por igual causa los inmuebles que perturben o impidan la contemplación de un bien incluido en el Inventario General o sean causa de riesgo o perjuicio para el mismo, respetándose la trama urbana de que forme parte el edificio.

2. Los Ayuntamientos podrán acordar la expropiación en los mismos casos, cuando se trate de bienes inmuebles incluidos en el Inventario General que se hallen en su término municipal, debiendo notificar su propósito a la Generalitat, que podrá ejercitar con carácter preferente esta potestad iniciando el correspondiente expediente dentro de los dos meses siguientes a la notificación.

Artículo 97 Infracciones
3. Serán infracciones graves:
a) El incumplimiento del deber de conservar y mantener la integridad del valor cultural de los bienes, establecido en el artículo 18.1.

Artículo 101 Reparación de daños
Los responsables de las infracciones de esta Ley que hubieren ocasionado daños al patrimonio cultural estarán obligados a reparar los daños causados y, en cuanto fuere posible, a restituir las cosas a su debido estado. En caso de incumplimiento de esta obligación, la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia llevará a cabo las actuaciones de reparación y restitución necesarias, a costa del infractor.

Dada la gravedad de las patologías que sufre la antigua fábrica de tejas y mayólicas “La Ceramo”, y en base a la legislación vigente, solicitamos que la Dirección Generalde Cultura, el Ayuntamiento de Valencia, la Diputación Provincial de Valencia, el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes… admitan el presente escrito y los documentos anexos que se acompañan (fotografías de la cubierta de teja de la fábrica “La Ceramo”)

Por todo ello, SOLICITA:

Que se proceda a la aplicación de las sanciones correspondientes, tal y como establece nuestro ordenamiento jurídico contra todos aquellos propietarios, que no conserven y mantengan sus bienes, sin olvidar la necesidad de que la Dirección General de Cultura y el Ayuntamiento de Valencia, procede a la expropiación del citado conjunto protegido de “La Ceramo”, dado su interés social, pues hay un evidente peligro de destrucción y es fundamental actuar con la mayor rapidez y rigor técnico (artículos 18, 21, 97 y 101 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano).

Que se adopten las medidas técnicas oportunas por parte del Ayuntamiento de Valencia  y la Consellería de Educación, Cultura y Deportes, a fin de evitar que siga la destrucción y ruina de la antigua fábrica de tejas y mayólicas “La Ceramo”, iniciándose aquellas obras y medidas, con objeto de evitar y/o paliar la desaparición total de la cubierta de tejas y posibles daños y lesiones a los viandantes, por el crónico mal estado general en que se encuentra el conjunto fabril.

Que la Consellería de Educación, Cultura y Deportes y El Ayuntamiento de Valencia respondan en tiempo y forma a todas y cada una de las peticiones formuladas en el presente escrito en virtud de la Ley Orgánica 4/2001 de 12 noviembre, reguladora del Derecho de Petición.

Que si este órgano no fuera competente, que se dé traslado del presente documento a la autoridad u órgano competente para pronunciarse o resolver las cuestiones suscitadas en el mismo.




Fuente texto Antonio Marin

24 de agosto de 2013
Precintan la Ceramo por el hundimiento del tejado
Noticia aparecida en ElVecinal.es
Imágenes de Leonor Benet

PROPUESTA DE LEONOR BENET / La fábrica la Ceramo, situada en el barrio de Benicalap, fue precintada el jueves por la tarde por los Bomberos y la Policía Local ante el riesgo de desprendimientos debido al hundimiento del tejado y al mal estado de la fachada. De esta forma, se ha balizado todo el entorno de esta antigua fábrica que está catalogada como Bien de Relevancia Local.

Imagen de la noticia
Desde el Cuerpo Municipal de Bomberos aseguran que la fábrica estará balizada hasta que se arreglen los desperfectos. Asimismo, afirman que tras precintarla la Policía Local se puso en contacto con los dueños para que acometan cuanto antes las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los peatones y coches que transitan por su alrededor.

Círculo por la Defensa del Patrimonio Cultural presentó el jueves también tres escritos al Ayuntamiento, a la Conselleria de Cultura y al Síndic de Greuges para que se tomen medidas para evitar su derrumbe. “Las medidas deben ser inmediatas, no se puede esperar más”, aseguran desde este entidad.

Imagen de la noticia
La fábrica La Ceramo se encuentra en estado total de abandono y en estado ruinoso a pesar ser un bien protegido y de gran relevancia arquitectónica. Tanto Círculo por la Densa del Patrimonio como la entidad Cercle Obert de Benicalap llevan años denunciado la falta de actuación en este inmueble a través de diferentes escritos. A principios de este mes el Ayuntamiento le respondió asegurando que van a exigir a los dueños que cumplan con su deber de mantener y garantizar la seguridad del edificio. También que  arreglen las deficencias y loas patologías que tiene el edificio.

Fuente texto e imágenes


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